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Gerardo García YebraAethernova IA · A Coruña · Galicia

Reglamento de IA

Reglamento de IA: qué te afecta hoy.

Lo que está en vigor, lo que se ha aplazado y una autocomprobación de dos minutos que no envía ningún dato y te dice por dónde empezar.

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01 · El calendario

Lo que ya se aplica y lo que se ha aplazado

El Reglamento de IA, el (UE) 2024/1689, se aplica por fases desde 2025. El ómnibus de julio de 2026 aplazó la parte que afecta a pocas empresas y no aplazó la que afecta a casi todas.

  1. Febrero de 2025

    Prohibiciones y formación

    Prácticas prohibidas y obligación de adoptar medidas de formación del personal.

  2. Agosto de 2025

    Modelos de uso general

    Afecta a quien desarrolla modelos, no a quien los usa.

  3. Julio de 2026

    Ómnibus digital

    Aplaza el alto riesgo, reformula la formación y anuncia dos prohibiciones para diciembre.

  4. Agosto de 2026

    Transparencia

    Avisar de que se habla con una IA y señalar contenido generado que parezca real.

  5. Diciembre de 2026

    Dos prohibiciones y plazo de marcado

    Se prohíbe generar abuso de menores y contenido íntimo sin consentimiento. Vence el plazo de marcado para los sistemas ya en venta.

  6. Diciembre de 2027

    Alto riesgo, anexo III

    Selección de personal, crédito a particulares, seguros de vida y salud, educación. Antes era agosto de 2026.

  7. Agosto de 2028

    Alto riesgo, anexo I

    Sistemas dentro de productos regulados. Antes era agosto de 2027.

Fuente: Reglamento (UE) 2024/1689 y Reglamento (UE) 2026/1744, publicado en el Diario Oficial el 24 de julio de 2026.

Si tu empresa usa inteligencia artificial, buena parte de lo que te afecta ya se aplica.

¿El Reglamento europeo de inteligencia artificial ya obliga a las pymes?

Sí. Desde febrero de 2025 rigen la prohibición de determinadas prácticas y la obligación de adoptar medidas de formación del personal, y desde el 2 de agosto de 2026, la de avisar cuando un cliente habla con una IA. Lo que se ha aplazado es el régimen de los sistemas de alto riesgo.

¿Qué ha cambiado con el Reglamento (UE) 2026/1744?

Es el ómnibus digital sobre IA, en vigor desde el 27 de julio de 2026. Aplaza los sistemas de alto riesgo del anexo III al 2 de diciembre de 2027 y los del anexo I al 2 de agosto de 2028. Reformula la obligación de formación. Y añade dos prácticas prohibidas, aplicables desde el 2 de diciembre de 2026. No aplaza las prohibiciones ya vigentes ni el aviso de que se habla con una IA.

¿Existe ya una ley española de inteligencia artificial?

Todavía no. El Proyecto de Ley Orgánica para el buen uso y la gobernanza de la inteligencia artificial, que fija el régimen sancionador en España, está en tramitación en el Congreso desde junio de 2026.

02 · Autocomprobación

Doce preguntas para saber qué te afecta y por dónde empezar

Se resuelve en tu navegador. Tus respuestas no se envían ni se guardan. Es una orientación, no un dictamen: lo que te afecta se confirma con tu caso delante.

¿Tu equipo usa herramientas de inteligencia artificial en su trabajo, aunque sea por su cuenta?
¿Tienes un chat o asistente automático que atienda a clientes?
¿Publicas imágenes, vídeo o audio generados con IA que parezcan reales?
¿Interviene la IA en selección de personal, concesión de crédito, seguros de vida o salud, o educación?
¿Toma algún sistema decisiones sobre personas sin que nadie las revise?
¿Usas reconocimiento de emociones o identificación biométrica de personas?
¿Alguno de tus proveedores de IA guarda los datos fuera de la Unión Europea?
¿Hay una política de uso de la IA por escrito que el personal conozca?
¿Hay formación sobre IA registrada, con constancia de quién la recibió y cuándo?
¿Hay un inventario de los sistemas y herramientas de IA que se usan?
¿Hay una persona responsable de la IA en la empresa?
¿Tienes una implementación en marcha o propuestas de proveedores sobre la mesa?

03 · Las obligaciones, una a una

A qué está obligada una empresa que usa inteligencia artificial

Obligaciones de quien usa un sistema, no de quien lo desarrolla. Con el artículo, para que puedas comprobarlo o pasárselo a tu abogado.

ObligaciónDesdeEn la prácticaArtículo
Prácticas prohibidas2 feb 2025No puntuar socialmente a personas, no reconocer emociones en el trabajo o en la educación, no manipular de forma que cause daño. Desde el 2 de diciembre de 2026, tampoco generar imágenes, vídeo o audio íntimos de una persona sin su consentimiento, ni material de abuso de menores.Art. 5
Formación del personal2 feb 2025Adoptar medidas para apoyar la formación de quien usa IA en tu nombre. El ómnibus las reformula: no exige certificado ni un nivel concreto, pero conviene poder demostrar qué se hizo.Art. 4
Avisar de que es una IA2 ago 2026Quien hable con tu chat tiene que saber que es un sistema automático, salvo que resulte evidente. La obligación es del proveedor, o tuya si el chat lleva tu nombre: en los dos casos te toca comprobarlo.Art. 50
Señalar contenido generado2 ago 2026Imágenes, vídeo o audio generados que parezcan reales deben indicarlo. El marcado técnico es cosa del proveedor, con plazo hasta el 2 de diciembre de 2026 para los sistemas que ya se vendían; el aviso, cosa tuya.Art. 50
Uso de sistemas de alto riesgo2 dic 2027Si usas IA en selección de personal, crédito a particulares, seguros de vida y salud o educación: seguir las instrucciones del proveedor, garantizar la supervisión humana, conservar los registros al menos seis meses, e informar a los trabajadores, a sus representantes y a las personas sobre las que se decide. En crédito y seguros, además, una evaluación de impacto en derechos fundamentales.Art. 26
Decisiones automatizadas sobre personasYa, por el RGPDCuando una decisión con efectos jurídicos o similares se toma solo de forma automática, la persona tiene derecho a intervención humana, a dar su opinión y a impugnarla. Evaluación de impacto cuando el riesgo es alto.RGPD, arts. 22 y 35
Datos fuera de la Unión EuropeaYa, por el RGPDSi un proveedor trata los datos fuera del Espacio Económico Europeo, necesitas una base para la transferencia: decisión de adecuación, cláusulas contractuales tipo u otra garantía. Hay que saberlo antes de contratar.RGPD, cap. V
SancionesPrevistas; sin ley española aúnPor tramos, según la infracción. Para una pyme, el tope de cada tramo es el menor de los dos importes. La ley española que las concreta está en tramitación.Art. 99

Lo que te toca exactamente depende del sector y del uso. Los límites de cada sector, en Cómo trabajo.

Ninguna de estas obligaciones exige comprar nada. Exigen saber qué se usa, quién lo usa y con qué datos.

04 · Quién vigila

Tres autoridades y una ley pendiente

En España la supervisión se reparte entre una agencia nueva, la autoridad de protección de datos y los supervisores de cada sector. El régimen sancionador español todavía no está aprobado.

AESIA

Agencia Española de Supervisión de Inteligencia Artificial

Autoridad principal, con sede en A Coruña. Según el proyecto de ley, será el punto de contacto único, vigilará el mercado, gestionará el espacio de pruebas y sancionará en su ámbito.

AEPD

Protección de datos

Todo lo que toca datos personales: decisiones automatizadas, biometría, transferencias fuera de la UE.

Sectoriales

Banca y seguros

Según el proyecto de ley, el Banco de España, la CNMV y la Dirección General de Seguros supervisarán los sistemas de alto riesgo de crédito y de seguros de vida y salud. Los productos sanitarios siguen con su autoridad de producto. Y para despachos y asesorías colegiados, las normas deontológicas de su colegio.

Proyecto de Ley Orgánica para el buen uso y la gobernanza de la inteligencia artificial: aprobado por el Consejo de Ministros el 26 de mayo de 2026 y en tramitación en el Congreso desde junio. No está en vigor.

Que la ley española esté pendiente no aplaza nada: el reglamento europeo se aplica directamente.

05 · Novedades

Lo que ha cambiado, con fecha

Cada cambio que afecta a lo que dice esta página, de más reciente a más antiguo. Cuando hay una novedad, la fecha de revisión de la cabecera cambia con ella.

16 de septiembre de 2026

El ómnibus digital sobre IA no aplaza lo que hace tu empresa

Reglamento (UE) 2026/1744. Aplaza el alto riesgo del anexo III a diciembre de 2027 y el del anexo I a agosto de 2028, reformula la obligación de formación y añade dos prácticas prohibidas, aplicables desde el 2 de diciembre de 2026. El reglamento está en vigor desde el 27 de julio.

2 de agosto de 2026

Empieza a aplicarse la transparencia con clientes

Desde esa fecha, quien habla con un chat o asistente automático debe saber que es una IA, y el contenido generado que parezca real debe señalarse.

12 de junio de 2026

El proyecto de ley española llega al Congreso

Se publica en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el proyecto de ley orgánica que fija el régimen sancionador en España y las funciones de AESIA. Empieza el plazo de enmiendas, que se ha ampliado varias veces: a 5 de octubre de 2026 sigue abierto.